• En cumplimiento a una ejecutoria de amparo, el Juez Segundo del Ramo Penal decretó la libertad a favor del procesado por considerar que no existía probabilidad de que él hubiera privado de la vida a la víctima.
• Esta determinación judicial es apelable y la Fiscalía ha decidido combatirla de manera legal.
Por: Escena Chiapas/Tuxtla Gutiérrez, Chiapas
La Fiscalía General del Estado (FGE) informa que impugnó el auto de libertad dictado a favor del procesado Jimmy Virgilio “N”, por el delito de Feminicidio cometido en agravio de quien en vida respondiera al nombre de Wendy Lizzet Ochoa Méndez.
El 12 de febrero de 2019, el Juez Segundo del Ramo Penal con sede en “El Amate” dictó un auto de libertad por falta de elementos para procesar, dentro de la causa penal 120/2012, a favor de Jimmy Virgilio “N”, quien se encontraba procesado por la probabilidad de que hubiera sido la persona que privó de la vida a Wendy Lizzet Ochoa Méndez.
Trascendió que el Juez del Ramo Penal emitió este nuevo auto de término constitucional en cumplimiento a una ejecutoria de amparo dictada por el Juez Quinto de Distrito de Amparo y Juicios Federales en el Estado de Chiapas, en el Juicio de Garantías número 599/2018, por lo que dejó sin efectos el auto de formal prisión de fecha 19 de abril de 2018 y en su lugar emitió una nueva determinación en sentido contrario, a pesar de ello, el Código de Procedimientos Penales de nuestra Entidad y la Ley de Amparo permiten que la Fiscalía General del Estado impugne esa libertad y combata por los cauces legales ese criterio.
Al realizar una análisis a la determinación de término constitucional de fecha 12 de febrero de 2019, se puede advertir que el Juez del Ramo Penal consideró que existían pruebas suficientes para acreditar el cuerpo del delito de Feminicidio, es decir, que la Fiscalía había logrado probar el día, la hora, el lugar y las circunstancias en las que fue privada de la vida Wendy Lizzet Ochoa Méndez, a pesar de ello, consideró que la averiguación previa no tenía pruebas para establecer que el inculpado posiblemente sea la persona que cometió esa conducta reprochable legalmente.
La Fiscalía General del Estado no comparte ese criterio, por considerar que para la emisión de un Auto de Formal Prisión no hay que tener certeza de que el procesado es el autor material del delito sino que basta con que exista la posibilidad de que sea el responsable y será durante la instrucción penal cuando el Ministerio Público pueda robustecer la investigación en busca de una sentencia de condena.
Finalmente, la Fiscalía General del Estado considera que esa determinación debió ser emitida en el contexto de una justicia con perspectiva de género y no como si se tratara de un mero homicidio, por lo cual se espera que los Magistrados integrantes de la segunda instancia emitan una determinación que revoque el auto del Juez Penal de primera instancia.
La Fiscalía General del Estado, que encabeza Jorge Luis Llaven Abarca, refrenda su compromiso con los familiares de la víctima de luchar por los cauces legales hasta las últimas consecuencias para lograr el esclarecimiento de los hechos y se pronuncia de manera enérgica en contra de la impunidad ante cualquier acto de violencia en Chiapas.